MILITANCIA PARA LA VICTORIA

MILITANCIA PARA LA VICTORIA

IRROMPIBLE DEMOCRACIA PARA SIEMPRE
PATRIA PARA TODOS IRREVERSIBLE






DATOS DE LA COMUNA


Habitantes: 182627 Superficie: 14,20 Densidad: 12.861,06

Barrios: Agronomía, Chacarita, La Paternal, Parque Chas, Villa Crespo, Villa Ortuzar.

Calles que delimitan la Comuna 15:Córdoba, Avenida Dorrego, Avenida Álvarez Thomas, Avenida Forest, La Pampa, Avenida Salvador María del Carril, Campana, Gutemberg, Avenida San Martín, Arregui, Gavilán, Avenida Álvarez Jonte, Avenida San Martín, Avenida Ángel Gallardo, Avenida Estado de Israel.


lunes, 17 de mayo de 2010

COMUNAS YA!!!

LEY 3.233
Ley de Elecciones Comunales
Es la resultante de la Sesión Especial realizada en la Legislatura de la ciudad de Buenos Aires el 20 de octubre de 2009- provocada por la acción constante de los ciudadanos de los barrios que componen las 15 comunas: en la justicia, en la propia legislatura y en todo espacio público de la ciudad-
20 de octubre de 2009

Artículo 1º.- El Jefe de Gobierno convoca a elecciones de autoridades comunales en los términos del Artículo 20 de la Ley 1777 el día 5 de junio del año 2011, a los efectos de elegir los siete miembros de las quince juntas comunales. La elección debe efectuarse con arreglo al Régimen de Representació n Proporcional y de conformidad con lo establecido por la normativa electoral vigente a la fecha de realización de los comicios.

Artículo 2º.- Las autoridades comunales electas asumirán sus funciones el día 10 de diciembre de 2011.

Artículo 3º.- Deróguese la Ley 2405.

Artículo 4º.-A partir de la sanción de la presente ley, el Poder Ejecutivo deberá:

a) Iniciar un programa intensivo de difusión y formación pública relacionado con el proceso de descentralización.

b) Realizar campañas de esclarecimiento y divulgación mediante el uso del sistema de medios de publicidad públicos, con referencia a dicho proceso y los comicios que oportunamente se lleven adelante.

c) Remitir a la Legislatura un programa de transferencia de competencias y servicios.

d) Abstenerse de emitir o producir actos que signifiquen intromisión o menoscabo de las funciones de competencia exclusiva de las comunas o lesionen su participación en las competencias concurrentes.
e) Adecuar la presentación de proyectos de ley, de concesiones y de uso o transferencia de servicios a lo establecido en la Ley 1777.
Artículo 5º.- De forma. Extractado de la Versión Taquigráfica de la Sesión Especial del Martes 20/10/2009

Elecciones comunales en la Jefatura de Gobierno
11/08/2008 Publicación: Noticias Urbanas

El Espacio Intercomunal Comunas Ya, realizará una "teatralización de la votación en las elecciones comunales anuladas" con una gran urna, muñecos y comparsas frente a la Casa de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, este jueves 14 de agosto, a las 17 horas.

Por: María José Pérez Insúa

El próximo jueves, a las 17 horas, "cuatro días después de la anulada fecha de elecciones a las comunas de la Ciudad de Buenos Aires", el Espacio Intercomunal Comunas Ya realizará una acción frente a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.Además, los vecinos entregarán un petitorio/exigitorio, que han hecho llegar a Noticias Urbanas y que reproducimos textualmente.

"Contra el desorden y la desigualdad en la Ciudad : Comunas Ya".

Para una ciudad más equitativa que cuente con un verdadero Plan Urbano ambiental para y con los ciudadanos de la Metrópolis de Buenos Aires, que contrarreste el caos existente. Y Para que mientras tanto se rehabiliten inmediatamente los barrios de la ciudad teniendo en cuenta el desorden del transporte público, privado y de cargas, el raquítico espacio público y verde, la conservación de la edificación identitaria, el escaso y mal gestionado equipamiento Urbano propicio para salud, educación, cultural, de deportes y laborales; para generar nuevos centralidades barriales alejadas de las ruidosas y contaminadas avenidas – verdaderas carreteras nacionales-. Y el mantenimiento cotidiano de los servicios sobre y bajo rasante, incluyendo la inseguridad ciudadana.

Para todo eso se necesita descentralizar la ciudad en distritos -denominados por la Constitución de la Ciudad "Comunas", y ratificada por la propia ley 1777/05-, como ya lo han demostrado otras Megaciudades del continente y del mundo.

Este es un momento importante en la ciudad para dejar de lado las intervenciones urbanísticas realizadas a escondidas, descontextualizadas que solo degradan el conjunto de la ciudad y favorecen a unos pocos operadores financieros y sus conocidos socios.

Hoy el pretendido traslado de un Hospital a un parque, provocó la reacción de los vecinos del lugar; ayer el intento de "privatizar" mediante concesiones las plazas públicas, generó una repulsa vecinal masiva que obligó a "archivar" el proyecto; anteayer el intento de vetar la ley que regula las construcciones de Caballito terminó en un fracaso por la decidida presión de los ciudadanos sobre sus representantes. Hechos de este tipo se vienen acrecentando desde hace años.

Basada en la Constitución de la Ciudad , la ley de Comunas contempla la división de la ciudad en 15 comunas y cada una de ellas cuenta con aproximadamente 200.000 habitantes. Hay muchas ciudades y algunas provincias del interior de este o menor tamaño, que cuentan con su completo gobierno Municipal, y aunque nuestras comunas se concibieron con una Junta Comunal Colegiada de 7 miembros y un Consejo Consultivo Comunal Honorario, el ejecutivo actual malintencionadamente quiere dejar solo uno, que será obviamente, una figurita decorativa, con el argumento del gasto económico que asumirían los 7 funcionarios. No se incorpora el concepto del gobierno comunal para mejorar los barrios, la comuna, y por tanto la ciudad total sino solo en la conservación del stablismen vigente sin descentralizar realmente nada, para que todo siga igual.

Porque está en el espíritu de la ley y queremos que se cumpla con la creación de los Gobiernos Comunales, que descentraliza, agiliza y hace mucho más eficiente y adecuado, a las necesidades barriales, el aparato burocrático centralizado, ineficaz y anquilosado que hoy debemos soportar los vecinos de la Ciudad de Buenos Aires peticionamos:

* Plan de difusión masiva de las Comunas.
* Adecuación de divisiones administrativas de todos los Ministerios y Secretarías a los límites Comunales.
*Edificación Emblemática y bien ubicada de la Administrativa Comunal Central y Subsedes Barriales e inmediatamente Provisión de lugares de reunión y elementos de trabajo en los CGPC actuales a los Consejos Comunales de los vecinos.
*Fijación de fecha cierta de elecciones.
*Legislación habilitatoria de los Partidos Comunales.
*Cronograma de acciones políticas y administrativas para asegurar las elecciones y la transferencia de competencias exclusivas a las Juntas Comunales Colegiadas.
Plenario de la comuna 15
http://articulosarticulosarticulos.blogspot.com/2009/04/parodia-y-reclamo.html


COMUNAS ¿QUÉ PASÓ?

Esta es la pregunta que insistentemente nos formulan nuestros vecinos.

Veamos:
- Tenemos la Constitución que manda la creación de las Comunas (1996)
- Conseguimos – luego de mucho esfuerzo – la Ley de Comunas, primera ley participativa de la Ciudad de Buenos Aires (2005)
- Empezamos a constituir los Consejos Comunales – organismo de participación y control vecinal del gobierno comunal – y a impulsar en la práctica institucional la democracia participativa (2006)
- Insistimos y logramos la fecha de elecciones de las primeras Juntas Comunales para el próximo 10 de Agosto (2007)

Diciembre de 2007
- Asume Macri y lo primero que dice es que “debemos modificar la Constitución”, “La ley de Comunas es un mamarracho”, “15 Comunas son muchas, queremos reducirlas”, “una junta Comunal de 7 miembros es mucho gasto” etc., etc.
- A los pocos días se dio cuenta que no alcanzaba los 40 votos para convocar a una constituyente que modificara la Constitución y empezaron a aparecer nuevos argumentos: “no podemos cumplir con las elecciones por razones técnicas”, “la ciudad no tiene un mapa que permita hacer los padrones”, “necesitamos ocho meses para hacer los mapas de cada Comuna”, etc.
- Los Diputados y Vecinos que participamos de la Comisión Bipartita creada por la Ley 1777 para hacer el seguimiento y control del proceso de transición a las Comunas, sabíamos que lo único que faltaba era una nota oficial de Macri aceptando las 16 carpetas con planos comunales que le remitiera la Jueza Servini de Cubría.

Mayo de 2008
- Pero Macri no lo hizo y así dejó vencer la fecha del 10 de Mayo, último plazo para proceder a la elaboración y publicación de los padrones que harían posible las elecciones el 10 de Agosto del 2007, justificando falsamente, de esa forma, el incumplimiento de la ley 2405 que lo obligaba a convocar a elecciones Comunales para esa fecha.
- Dada esa conducta del Jefe de Gobierno, los Vecinos y Diputados de la Comisión Bipartita se movilizan y realizan una conferencia de prensa destacando el incumplimiento de los deberes de funcionario público en el entendimiento de que las leyes están para ser cumplidas.
- A partir de allí los partidos políticos “opositores” realizan varias acciones públicas como la conferencia de prensa en el Café Tortoni del Foro Político por las Comunas en la que el Pte del bloque del FPV Diego Kravetz anuncia que “podríamos llegar a judicializar este incumplimiento”, la conferencia de prensa “En Defensa de las Comunas” convocada por el Diputado Nacional Daniel Filmus y otras más que, por primera vez instalan públicamente el tema Comunas en la agenda pública de la Ciudad.
- Seguidamente se realiza otra reunión de la Comisión Bipartita en la que se resuelve:
o Solicitar una sesión extraordinaria de la Legislatura para convocar a elecciones tal como lo establece el artículo 80 de la Constitución de la Ciudad que obliga a la a convocar a a elecciones cuando el Poder Ejecutivo no lo haga en el tiempo establecido.
o Presentar y aprobar una ley que convoque a las primeras elecciones de la Juntas Comunales en Agosto del 2008.

- Ante la contundencia de la decisión de todo el arco opositor el Jefe de Gobierno emite un comunicado de prensa donde anuncia que remite a la Legislatura un proyecto de ley convocando a elecciones comunales para una fecha imprecisa del año 2009 y modificando algunos artículos de la ley Orgánica de Comunas 1777.
- La sesión extraordinaria de la Legislatura para convocar las elecciones fracasó por la acción del Pte del bloque del FPV Diego Kravetz quien declaró, desde Brasil que “le parece razonable que el Jefe de Gobierno ponga fecha para las elecciones”, quien de esa forma no solo contradijo sus declaraciones anteriores sino que obligó a sus compañeros de bancada a seguirlo por aquello de la “obediencia debida”, impidiendo de esa manera que la sesión extraordinaria obtuviera los 31 votos que se requieren para sesionar.

RESULTADO
Las Comunas continúan en un “limbo” donde el Ejecutivo no cumple con su obligación y 38 Legisladores (del PRO y del FPV) avalan esta situación irregular.

La causa de fondo de este estado de cosas es que gran parte de los miembros de la llamada Corporación Política no quieren que los vecinos participemos en las decisiones sobre lo que se hace en la Ciudad de Buenos Aires ni menos aún que controlemos de qué manera se usan los dineros públicos.

ESPACIO INTERCOMUNAL “COMUNAS YA”

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